Así afectará la nueva normativa europea a la fiscalidad de las criptomonedas en España

La nueva Directiva Europea DAC8, que refuerza la cooperación fiscal en el ámbito de los criptomonedas, entrará en vigor en 2026, pero sus efectos ya empiezan a notarse. La normativa obligará a los proveedores de servicios de criptomonedas a informar sobre las operaciones y saldos de sus usuarios, tanto residentes como no residentes, lo que supone un mayor control por parte de Hacienda.

Además, los criptoactivos pasarán a considerarse embargables y los contribuyentes deberán declarar con mayor precisión sus operaciones con criptomonedas. No hacerlo podrá implicar multas de hasta el 150 % de las cantidades no declaradas e incluso penas de cárcel en casos graves de evasión fiscal.

¿Qué obligaciones fiscales existen en 2025?

Los contribuyentes que hayan comprado, vendido, minado o hecho staking con criptomonedas están obligados a declararlas, ya que Hacienda las considera bienes inmateriales con implicaciones fiscales. Las operaciones tributan principalmente en el IRPF, dentro de la llamada base del ahorro si se trata de compraventa, o en la base general si se trata de actividades como minería o ingresos en cripto.

Tipos impositivos para la base del ahorro (vigentes en 2024 y con cambios en 2025):
Hasta 6.000 €: 19 %

  • De 6.000 € a 50.000 €: 21 %
  • De 50.000 € a 200.000 €: 23 %
  • De 200.000 € a 300.000 €: 27 %
  • A partir de 300.000 €: 28 % (30 % a partir de 2025)

¿Cómo se declaran las criptomonedas?

La Campaña de la Renta 2024-2025 incluirá un apartado específico para criptomonedas (casillas 1800–1814), donde se deberán detallar el tipo de operación, valores de adquisición y venta, fechas y gastos asociados.

Además, quienes a 31 de diciembre posean más de 50.000 € en criptoactivos en plataformas extranjeras deberán presentar el Modelo 721, obligatorio para informar sobre tenencias fuera de España. Su omisión puede acarrear sanciones elevadas.

¿Se pueden compensar pérdidas con ganancias?

Sí. Las pérdidas patrimoniales por operaciones con criptomonedas pueden compensarse con ganancias dentro de la misma base del ahorro. Si después de compensar aún quedan pérdidas, se pueden aplicar hasta el 25 % sobre rendimientos de capital mobiliario, o arrastrarse durante cuatro años para compensar futuras ganancias.

Con el refuerzo normativo que traerá la DAC8 y el endurecimiento del control fiscal, la declaración de criptomonedas será cada vez más estricta y vigilada. Estar al día con las obligaciones tributarias será clave para evitar sanciones y optimizar la carga fiscal dentro del marco legal.

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